Sección del UDC: 35-371 (a)(5)

Tema: Dimensiones

Texto Actual: La vivienda accesoria no deberá exceder los ochocientos (800) pies cuadrados de área bruta de suelo en cualquier distrito de zonificación residencial unifamiliar que no sea el distrito de zonificación "FR", o mil doscientos (1,200) pies cuadrados en el distrito de zonificación "RE". Esta limitación se aplica solo a la parte de una estructura que constituye el área de vivienda para una vivienda accesoria.

Texto Propuesto: La vivienda accesoria no excederá los ochocientos (800) pies cuadrados o el 50% del área bruta de suelo de la estructura principal en cualquier distrito de zonificación residencial unifamiliar que no sea el distrito de zonificación "FR", o mil doscientos (1,200) pies cuadrados en el distrito de zonificación "RE". Esta limitación se aplica solo a la parte de una estructura que constituye el área de vivienda para una vivienda accesoria.

¿Qué significa esto para mí? Esto permitirá que un propietario construya una ADU del tamaño apropiado para el tamaño de su vivienda principal. Por ejemplo: Joe es dueño de una vivienda de 1,250 pies cuadrados en una zonificación R-6. Con este cambio, podría construir una ADU de hasta 800 pies cuadrados si el tamaño de su lote es lo suficientemente grande. Sin embargo, Jorge, que es dueño de una vivienda de 2,500 pies cuadrados, podría construir una ADU de hasta 1,250 pies cuadrados si tiene el espacio. 

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¿Está de acuerdo o se opone a este cambio?

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